Algunos de los proyectos de ley contenidos en esta agenda son:
-La aprobación de Costa Rica del Convenio UPOV-91 y la Ley de Obtenciones Vegetales.
-La adhesión de Costa Rica al Tratado de Budapest sobre el Reconocimiento Internacional del Depósito de Microorganismos.
-La Ley Reguladora del Mercado de Seguros
-La Ley General de Telecomunicaciones
-Reformas a la Ley de Representantes de Casas Extranjeras
-Reformas sobre la Observancia de Derechos de Propiedad Intelectual y para la extensión de las Plazas de Patentes.
Estas modificaciones legales son muy parecidas y algunas idénticas a las normas que contiene el TLC, es decir, la aprobación de la denominada Agenda de Implementación sería prácticamente la aprobación de los capítulos:
-15.1.5
-15.3.b
-15.5.7
-15.9.6
además del Anexo 13 del Capítulo 13, y la sección H del Anexo 12.9.2 del Capítulo 12 del TLC.
Entonces, si se está convocando al pueblo a decidir la ratificación del Tratado en el Referéndum del 7 de octubre, ¿Porqué el interés de aprobar la agenda de implementación antes, sabiendo que esta es parte de los contenidos esenciales del Tratado?
Aprobar la Agenda de Implementación antes del Referéndum sería un fraude anticipado y una burla para todos los costarricenses. Su trámite legislativo debe ser detenido durante el actual proceso electoral del Referéndum.
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